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Piden que se dicte una orden europea de detención contra el jeque Al-Thani en el caso del Málaga

Agencias - Málaga - 13 junio 2025
Piden que se dicte una orden europea de detención contra el jeque Al-Thani en el caso del Málaga
27/02/2020 Foto de archivo del jeque Al-Thani en un juicio por las acciones del Málaga CF POLITICA ANDALUCÍA ESPAÑA EUROPA MÁLAGA
Agencias
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El letrado José Carlos Aguilera, personado por la sociedad Management Empresarial Málaga S.L. –del Grupo Bluebay– en la causa contra el jeque Al-Thani, tres de sus hijos y exdirectivos del Málaga CF, ha presentado escrito de acusación y ha solicitado que se acuerde una orden europea de detención (OED) respecto de los Al-Thani, al entender que a lo largo del procedimiento han desarrollado “una estrategia de defensa basada en no tener defensa”, intentando “ignorar” su posición de querellados/investigados en el caso.

Así lo ha informado el abogado en un escrito, en el que se precisa que en cuanto a los hechos por los que acusa son básicamente coincidentes con los relatados por el ministerio fiscal en sus conclusiones provisionales sobre las presuntas irregularidades en la gestión del Málaga CF y considera que estos pueden ser constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida y de un delito de imposición de acuerdos abusivos.

Esta parte, si bien, no acusa por el delito de administración desleal, al considerar que hubo “una apropiación de fondos del Málaga CF” y solicita el sobreseimiento provisional respecto de los cinco procesados que eran directivos del club en el periodo investigado, a los que sí acusa la Fiscalía. Según precisa el letrado en un escrito, consultado por Europa Press, también pide que se dirija el procedimiento contra la sociedad Nas Football en calidad de responsable civil subsidiaria.

En cuanto a la orden europea de detención, se explica que sería efectiva transcurrido un mes desde su adopción y notificación a las representaciones procesales de las partes y quedaría sin efecto si en ese plazo (un mes) los acusados comparecen voluntariamente ante el juzgado para ser notificados personalmente de las resoluciones dictada en el tiempo que no han tenido representación y para que designen defensa de su libre elección. Si no lo hicieran, que les sea nombrado de oficio.

La OED se solicita en función de una serie de motivos, considerando el letrado de esta parte que los miembros de la familia Al-Thani investigados “han desarrollado una estrategia de defensa basada en no tener defensa, que es también expresión de su deliberada y contumaz voluntad de sustraerse a la acción de la justicia, intentando ignorar la querella y su posición de querellados-investigados en la misma”.

Según José Carlos Aguilera, en esta causa se han dado unas serie de “vicisitudes” que para esta parte “corroboran nuestra tesis: cambios de representación y defensa, no designación de representación procesal y defensa, incomparecencia en sede judicial para prestar declaración como investigados, imposibilidad material de practicar actos de comunicación (notificaciones), etcétera”.

En este punto, recuerda que ya en una resolución de septiembre de 2022 relacionada con las declaraciones de los investigados, el juzgado “dejaba constancia de la falta de colaboración de las autoridades judiciales qataries en orden a cumplimentar las comisiones rogatorias que se habían cursado, incluso tras la intermediación del organismo europeo Eurojust”.

Al respecto, la magistrada añadía que “antes los reiterados incumplimientos de dichas autoridades en materia de cooperación judicial internacional, era necesario dar un paso más en el procedimiento” para recibir declaración a los investigados, que pasaría por el dictado de una Orden Europea o Internacional de Detención, con su correspondiente petición de extradición para practicar las diligencias pendientes.

Asimismo, el letrado señala que en un auto de septiembre de 2022, la instructora hace un “repaso de las actuaciones llevadas a cabo para poder practicar la diligencia de declaración de los querellados” y hace constar que “los querellados como pese a conocer la situación procesal en que se encuentran no han prestado en ningún momento colaboración alguna para tramitar la causa”. El ministerio fiscal también ha aludido a ese intento de sustraerse a la justicia.

En marzo de 2023, apunta Aguilera, la defensa de Al-Thani y sus hijos renuncia “y cuando han transcurridos más de dos años, no tienen representación ni defensa efectiva en la presente causa”.

Para esta parte, todo esto forma parte de “una estrategia que hemos de reconocer que le ha dado resultado por cuanto desde el primer momento ha venido sembrando semillas de vicios de nulidad, que pueden haber dado los frutos pretendidos, entre ellos las dilaciones que han provocado con su calculada desidia”.

Según el abogado, “sin duda, están en su derecho de pretender sustraerse a la acción de la justicia, pero también deben soportar las consecuencias de sus actos cuando este juzgado instructor tome las medidas que proponemos y que se deben adoptar para garantizar dos derechos fundamentales; el derecho de defensa de los querellados investigados y el derecho a un proceso justo con todas las garantías”.

Finalmente, ha indicado que la OED se dictará para su detención por el estado miembro en el que sean hallados, su extradición a España y puesta a disposición de este juzgado y ha recordado que “las órdenes de detención no solo garantizan el cumplimiento de las leyes, sino que también protegen los derechos fundamentales, asegurando un equilibrio entre la justicia y la legalidad en los procesos de extradición”.

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