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El TSJA confirma ocho años de cárcel por agredir sexualmente a una joven semiinconsciente en su bar
El tribunal desestima íntegramente el recurso del hombre que regentaba el local, en Rincón de la Victoria, condenado por la Audiencia de Málaga por aprovechar que la víctima no podía reaccionar tras beber alcohol y fumar cannabis
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de ocho años de prisión que la Audiencia de Málaga impuso a un hombre por agredir sexualmente a una mujer que estaba semiinconsciente en el bar que él regentaba en Rincón de la Victoria. La Sala de apelación desestima íntegramente el recurso de la defensa.
La Audiencia lo condenó, en una sentencia conocida en septiembre, como autor de un delito de agresión sexual con acceso carnal cometido sobre persona con su voluntad anulada. Además de la pena de prisión, le prohibió acercarse a menos de 500 metros de la mujer y comunicarse con ella durante diez años, y le impuso una indemnización de 10.040 euros por los daños físicos y las secuelas y de 20.000 euros por el daño moral. Lo absolvió del delito de lesiones del que también estaba acusado.
Lo que rechaza el TSJA
La defensa alegó, entre otros motivos, que no se acreditó el acceso carnal «más allá de los tocamientos reconocidos» por el propio acusado y que no consta que él provocara la anulación de la voluntad de la víctima.
El TSJA rechaza todas las alegaciones. Ratifica que la joven se encontraba en un estado de práctica inconsciencia, derivado del consumo de alcohol y cannabis, que le impedía reaccionar, y que el acusado, «consciente de ello, lo aprovechó». «Ambas conclusiones son perfectamente compatibles», señala la sentencia de apelación.
La defensa pidió también que se apreciaran las atenuantes de embriaguez y de confesión. El tribunal andaluz descarta las dos: sostiene que «la conducta del acusado esa noche, que se declara probada, es la de una persona en pleno dominio de sus actos».
Los hechos probados
Los hechos ocurrieron en enero de 2026. Según la sentencia de la Audiencia, ahora confirmada, la mujer acudió al bar con un amigo y allí se les unieron otros amigos suyos. Estuvieron bebiendo y ella fumó además dos cigarros con cannabis. Cuando empezó a encontrarse mal, la acompañó primero su amigo y después se quedó en el local a cargo del procesado, que cerró el bar y colocó unos cojines en el suelo para tumbarla.
El acusado, según los hechos probados, «aprovechó que se encontraba a solas con la chica y que la misma estaba prácticamente en un estado inconsciencia, sin posibilidad de reaccionar» para acariciarle el pelo y besarla en la boca, y después abusó de ella. Cuando la víctima se recuperó, le pidió que la dejara marcharse a su casa. Sufrió lesiones, tuvo que hacer terapia y le han quedado secuelas.
La Audiencia basó la condena en la declaración del propio hombre, que reconoció los actos y que la chica estaba semiinconsciente, en la de la víctima y los testigos y en los informes de toxicología y del forense. No consideró acreditado, en cambio, que el acusado provocara ese estado con fármacos, drogas u otra sustancia.
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