La Audiencia de Málaga ha condenado a una mujer por increpar y agarrar del brazo fuertemente a una edil del municipio malagueño de Guaro tras unas manifestaciones realizadas por la perjudicada en el pleno de constitución de la Corporación municipal en 2019 referidas a la gestión del padre de la procesada cuando fue alcalde de dicha localidad. Se le impone un año de prisión.
Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos sucedieron el 15 de junio de 2019, en el Ayuntamiento cuando fue la celebración del pleno de constitución de la nueva Corporación municipal, en el que la perjudicada integró la Mesa de Edad como concejal electa de mayor edad y presidió la sesión plenaria.
De la prueba practicada resulta acreditado, dice la resolución dictada por la Sección Tercera de Málaga el pasado mes de abril, que durante la celebración del pleno la víctima “pronunció un discurso en el que se refirió a la gestión que el padre de la acusada había realizado durante los años en los que ostentó el cargo de alcalde del municipio”.
Una vez concluido el acto, cuando la entonces edil se disponía a abandonar el salón de plenos, fue abordada por la acusada quien “en tono intimidatorio le pidió explicaciones acerca de las palabras que había pronunciado acerca de su padre”, a lo que la concejala respondió diciendo que “no tenía que darle ningún tipo de explicación, ya que su opinión era libre”.
Tras esto, según señala el Tribunal, “la acusada reaccionó de forma agresiva e iracunda y la agarró con fuerza del brazo con la intención de menoscabar su integridad física”, momento en el que “se inició un forcejeo, logrando finalmente la perjudicada zafarse de la procesada”.
A consecuencia de lo sucedido, la víctima sufrió lesiones, consistente en un hematoma en el brazo izquierdo para cuya sanidad requirió de una sola asistencia facultativa y que se curó en 15 días, sin que haya quedado acreditado que la acusada causara lesiones a la víctima en el muslo ni que la insultara y vejara, ni tampoco que la intentara arrojar por las escaleras con un empujón.
Por los hechos que sí han quedado probados para la Sala se le condena por un delito de atentado contra autoridad en concurso con uno leve de lesiones y se le impone un año de prisión y siete meses de multa con una cuota diaria de seis euros. Asimismo, se insta a que indemnice a la perjudicada con 600 euros por lesiones físicas y otros 600 euros por daño moral.
Se desestima imponerle la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima, pedida por el fiscal y la acusación particular, al considerar que no existe riesgo para esta, teniendo en cuenta la entidad de los hechos y no constando que se hayan formulado nuevas denuncias o se hayan producido incidentes o altercados posteriores entre las partes.
Para el Tribunal, de la valoración conjunta de la prueba queda “plenamente acreditado” que la acusada, “quien era conocedora del cargo de concejal que ostentaba la perjudicada”, se dirigió a esta tras la celebración del pleno “y la agredió mediante el empleo de fuerza o violencia física, acción que tenía por objeto menoscabar el principio de autoridad representado”.
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