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CGT valora avances de Inspección de Trabajo en caso de panadería que incluyó un insulto homófobo en una nómina

CGT ha puesto en valor los avances que se están dando en el caso de una panadería de Coín (Málaga) que el pasado mes de mayo realizó un pago a un trabajador con el concepto de «nómina abril maricón». Al respecto, el sindicato señala que la Inspección de Trabajo ha condenado a la empresa por no hacer registro de jornada y le ha abierto expediente por infracotizaciones a la Seguridad Social.

«En este caso queda en evidencia que las horas extras que se denunciaba que se hacían y no se pagaban, pues ya tienen correlación, o sea el encaje que se decía, una vez que la Inspección de Trabajo lo ha determinado», señala Miguel Montenegro, secretario de organización de la CGT en Andalucía.

Desde el sindicato también apuntan que Inspección de Trabajo ha abierto un expediente por infracotizaciones en función de las horas que se han trabajado y no se han abonado, y por las cuentas que se han abonado en cuantía inferior a la que marca el convenio colectivo.

CGT también señala que el Juzgado número 5 de Málaga, a raíz de la denuncia presentada, realizó embargos a la empresa «para garantizar evitar alguna maniobra encaminada a burlar la acción de la justicia, que pudiese conllevar la posible inaplicación de lo que pueda resultar en la sentencia una vez celebrado el juicio y juzgadas las actuaciones impropias, discriminatorias, vejatorias y atentatorias contra la dignidad del trabajador y contra sus derechos fundamentales, recogidos en los artículos 10, 14 y 15 de la Constitución Española, por parte del empresario».

Montenegro también apunta que, por otra parte, el juzgado también ha recibido informe de la Inspección de Trabajo «al respecto de las manifestaciones que la empresa ha seguido manteniendo de que quien había puesto en el apunte bancario ‘nómina de abril maricón’ había sido el becario del banco», y a este respecto el líder sindical señala que «la Inspección de Trabajo lo deja taxativamente claro: que, tras las investigaciones realizadas, es una orden expresa del empresario de la panadería».

CGT apunta que siguen pendientes de resolución algunas de las actuaciones puestas en marcha además del autodespido como son la solicitud de cambio de contingencia a la Seguridad Social por la incapacidad temporal que padece el trabajador para que sea considerada derivada de accidente de trabajo con las consecuencias inherentes o la reclamación de las diferencias retributivas derivadas de las horas extraordinarias no abonadas en el último año.

«Desde CGT, por un lado, valoramos como una vergüenza que en pleno siglo XXI sigan sucediéndose actuaciones homófobas por parte de ninguna empresa. Y, por otra parte, bueno, pues vemos poco a poco, tanto la Inspección de Trabajo, como esperemos que luego el juzgado, creemos que se va dando la razón al compañero», concluye Montenegro.

Esta información procede de agencia. La Voz de Málaga la clasifica y la edita para su publicación.

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