La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Málaga ha dado luz verde de forma inicial al estudio de detalle de la parcela donde se va a instalar el proyecto de Puerto Deportivo previsto por la Autoridad Portuaria.
Han recordado desde el Consistorio que institución impulsó un concurso público para la concesión de una parcela de este ámbito para la construcción y explotación de una marina náutico-deportiva y de la que resultó adjudicataria Marina Málaga San S.L.
La parcela objeto de este instrumento de planeamiento, que está promovido por Estudio Seguí, Arquitectura y Planeamiento S.L, es la ‘K’ del Plan Especial ‘Puerto de Málaga’ PAM-P.3 (97) ‘Sector 12 Plataforma de San Andrés’ y tiene por objeto la modificación de las alineaciones, alturas y rasantes fijadas por la normativa por la cual se ordena este ámbito que se encuentra junto al suelo donde se instalará el Auditorio de la Música.
Así, se definen nuevas alineaciones, alturas y usos comerciales, así como la conexión peatonal y continuidad visual de los establecimientos comerciales previstos y que se ubican junto a la plaza que contempla la parcela del Auditorio.
La ordenación aprobada y que cumple los parámetros urbanísticos previstos en el Plan Especial del Puerto incluye una superficie total de concesión de 114.236,83 metros cuadrados –48.650,16 metros cuadrados de tierra y 65.586,67 metros cuadrados de agua– y una ocupación de volúmenes edificados sobre rasante del 13,31% –menor al 25% que marca la normativa–.
En cuanto a las edificabilidades máximas por zonas el estudio de detalle contempla de uso comercial 3.000 metros cuadrados en planta baja (las edificaciones previstas deberán estar separados del muelle de ribera una distancia mínima de entre 19,90 y 20,20 metros).
Asimismo, de complejo náutico 2.200 metros cuadrados y planta baja más uno (8 metros) y torreón (sin superar éste los 100 metros). Destina a escuela de vela 380 metros cuadrados.
De zona de varada 5.000 metros cuadrados de techo máximo y alturas planta baja más uno y de 13,50 metros para marina seca; de capitanía y torre control: con 425 metros cuadrados de techo y planta baja más tres y control; de edificaciones auxiliares de control de accesos 25 metro cuadrados en zona portuaria; de aparcamientos 451 plazas (146 bajo rasante y 305 en superficie), lo que cumple con el mínimo de 300 plazas previstas en el Plan Especial del Puerto.
Tras la aprobación inicial de este estudio de detalle que no se encuentra sometido a evaluación ambiental estratégica, el promotor debe recabar informes preceptivos y vinculantes de la dirección general de Aviación Civil y de la Demarcación de Costas de Andalucía,
En materia de Urbanismo también se ha aprobado la modificación de la ordenanza número 22 del Plan General (PGOU), en concreto del artículo 12.14.2. relativo a las condiciones de ordenación y edificación de las zonas de equipamiento.
El citado artículo del PGOU establece los parámetros de aplicación a este uso pormenorizado (equipamiento comunitario, ya sea público o privado) en suelo urbano. La redacción actual establece la posibilidad de que, por razones de interés público, se puedan variar alguno de los parámetros, justificadamente, mediante la redacción de un Estudio de Detalle.
La modificación aprobada plantea diferenciar este procedimiento de modo que, justificadamente y por interés público, podrá incrementarse la edificabilidad de los equipamientos privados a través de un estudio de ordenación en los supuestos de incremento de aprovechamiento urbanístico y no un estudio de detalle, como se tramita actualmente.
Los equipamientos privados que cumplirían estos requisitos son los que presten servicio a la ciudadanía, complementen la oferta dotacional pública y cuya superficie construida contabilice como aprovechamiento lucrativo.