El Pleno del Ayuntamiento del municipio malagueño de Mijas ha aprobado este miércoles el proyecto del Reglamento Orgánico Municipal y del Pleno (ROM). Se trata de una herramienta fundamental con la que se persigue regular la organización política y administrativa de la Corporación, el funcionamiento de sus órganos de gobierno y de control y regular aquellas novedades legislativas de obligada incorporación.
Según han precisado desde el Ayuntamiento de Mijas en una nota informativa, el reglamento se ha estructurado en índice, exposición de motivos, ciento dos artículos, organizados en un título preliminar y ocho títulos, una disposición transitoria, una derogatoria y una final.
Todo ello para regular así, entre otros, el régimen de funcionamiento de los órganos básicos, la concreción de los derechos y deberes de los grupos políticos municipales y de los miembros corporativos, la articulación del derecho de información de los ciudadanos y de la participación ciudadana o la determinación del órgano u órganos que ejercerán las funciones de presupuestación, contabilidad, tesorería y recaudación.
El ROM detalla y concreta cuestiones tan relevantes como los deberes, obligaciones y responsabilidades de los concejales, donde quedan reflejados, por ejemplo, las dedicaciones exclusivas y parciales; la composición del Pleno y las funciones de su presidencia, así como los tipos de sesiones plenarias (ordinarias, extraordinarias y extraordinarias de carácter urgente).
También se determina el desarrollo de los plenos, estableciendo tiempos de intervención para las mociones, enmiendas, debates y ruegos que planteen sus miembros, y el número de las mismas permitidas por pleno.
De igual manera, el reglamento establece los niveles esenciales de la organización municipal, es decir, se definen las áreas de Gobierno, sus delegaciones y las coordinaciones y direcciones generales, detallándose las funciones y competencias que asumen.
Por último, también quedan recogidos otros órganos esenciales como asesoría jurídica, la intervención municipal como órgano de control y fiscalización interna de la gestión económica financiera y presupuestaria del Ayuntamiento; tesorería o el órgano para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas.
La alcaldesa de Mijas, Ana Mata, ha indicado en este sentido que el ROM es un requisito indispensable para adaptar al municipio al régimen de municipios de gran población y que, hasta este momento, el Ayuntamiento de Mijas carecía del mismo.
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